El Tribunal de Apelaciones denegó al cantante Manny Manuel el recurso que solicitó luego de que el Tribunal de Primera Instancia declaró que no ha lugar una petición suya para obtener copia del sistema operativo de la máquina que se utilizó para tomarle una prueba de alcoholemia.
Cruz Manuel Hernández Santiago, nombre de pila del artista, se enfrenta a un proceso judicial en el que está acusado de provocar un accidente mientras conducía ebrio el pasado 5 de septiembre.
Durante el descubrimiento de prueba en el caso, su abogado, Ricardo Carrillo Delgado, había solicitado el “source code” del Intoxilyzer 5000EN con el que se le hizo la prueba que arrojó que tenía 0.257% de alcohol en la sangre el día del incidente.
Al realizar la petición, el abogado argumentó que necesitaba esta información para garantizar el derecho a la confrontación de la prueba de Hernández Santiago. Insistió en que el artista tenía derecho a verificar el funcionamiento adecuado de la máquina porque los resultados del Intoxilyzer podrían suprimirse de establecerse alguna anomalía o impresión en la operación del aparato.
Sin embargo, el juez Alberto Pérez Ocasio, del Tribunal de San Juan, había denegado la petición, luego de los señalamientos del Ministerio Público de que la información que el acusado buscaba estaba disponible en la bitácora de reparaciones de la máquina en cuestión, la cual sí estaba accesible a la defensa.
Dos de las tres juezas que integran el panel del Tribunal de Apelaciones que atendió la petición determinaron denegar la expedición del recurso extraordinario para revisar la decisión del Tribunal de Primera Instancia.
En la resolución, explicaron que cuando el foro primario denegó el reclamo de Hernández Santiago el 2 de noviembre pasado, no consta que éste haya solicitado que esa determinación se estableciera por escrito para recurrir al Tribunal de Apelaciones o solicitar una reconsideración.
“Evaluados cuidadosamente los planteamientos del peticionario, la posición del Pueblo y estado procesal del caso, concluimos que la etapa en los procedimientos en que se presentó el recurso no es la más propicia para su consideración, razón por la que procede denegar el recurso presentado”, establece. El escrito señala que esta determinación no adjudica ni prejuzga la controversia presentada por el peticionario.
La resolución deja sin efecto la orden de auxilio de jurisdicción que se emitió el 12 de enero pasado y que significó la paralización del juicio pautado para iniciar el 13 de enero.
El cantante, de 42 años, enfrenta dos violaciones a la Ley de Tránsito: una por conducir un vehículo de forma negligente o temeraria y con menosprecio por la seguridad de otras personas y otra por hacerlo en estado de embriaguez.
La fiscal imputa al vocalista conducir de forma negligente al chocar contra una patrulla de la Policía mientras conducía borracho por Santurce la mañana del pasado 5 de septiembre.
El accidente ocurrió a las 6:26 a.m. mientras los agentes José Pérez González y Juan Rivera, adscritos al Precinto de Santurce, se encontraban detenidos investigando un accidente de tránsito en la calle José de Diego sobre el puente de la avenida Román Baldorioty de Castro.
Según informó la Policía el día del choque, el cantante, quien manejaba una camioneta Jeep Cherokee del 2011, embistió por la parte trasera la patrulla Ford Taurus del 2015 en la que viajaban los oficiales.
Como parte de la intervención, los policías trasladaron a Manny Manuel a la División de Patrullas de Carreteras del área de San Juan, donde le realizaron una prueba de aliento que arrojó 0.25% de alcohol en su organismo. El límite de alcohol permitido por la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico para manejar un vehículo de motor es de 0.08%.
En mayo del 2007, Manny Manuel causó otro accidente de tránsito por guiar en estado de embriaguez con 0.33% de alcohol en su sangre.
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